Tanto los autónomos como las empresas tienen una serie de obligaciones fiscales que deben cumplir a lo largo del año. Sin embargo, no todas las declaraciones son las mismas ni se presentan en los mismos momentos.
Conocer qué trámites corresponden a cada tipo de contribuyente ayuda a evitar sanciones, recargos y errores que pueden resultar costosos.
A continuación, repasamos las principales obligaciones ante la Agencia Tributaria, diferenciando entre altas y registros, declaraciones periódicas y declaraciones anuales.
1.-Altas y registros ante Hacienda
Antes de iniciar una actividad económica es necesario comunicarlo a la Agencia Tributaria.
1.1.-AUTÓNOMOS
Cuando una persona decide iniciar una actividad por cuenta propia, debe darse de alta mediante la correspondiente declaración censal.
Este trámite permite informar a Hacienda sobre:
- La actividad económica que va a desarrollar.
- El régimen de IVA aplicable.
- El método de tributación en IRPF.
- La dirección fiscal y de actividad.
Además del alta en Hacienda, normalmente será necesario tramitar el alta en la Seguridad Social como trabajador autónomo.
1.2.-EMPRESAS
Las sociedades también deben comunicar el inicio de actividad mediante la correspondiente declaración censal.
Entre otros aspectos, deben informar de:
- La forma jurídica de la sociedad.
- La actividad económica que van a desarrollar.
- El régimen fiscal aplicable.
- Los representantes legales.
En el caso de las sociedades, previamente será necesario constituir la empresa, obtener el NIF y realizar los trámites mercantiles correspondientes.
2.-Declaraciones periódicas
Son aquellas que deben presentarse de forma mensual o trimestral durante el año.
2.1-OBLIGACIONES HABITUALES DE LOS AUTÓNOMOS
Declaración trimestral de IVA
Los autónomos sujetos a IVA deben presentar periódicamente la liquidación del impuesto, declarando:
- IVA repercutido a clientes.
- IVA soportado en gastos deducibles.
- Pagos fraccionados del IRPF
Los autónomos en estimación directa suelen tener que adelantar parte del impuesto sobre la renta mediante pagos trimestrales.
Retenciones
Cuando existen determinadas operaciones sujetas a retención, también es necesario presentar las correspondientes declaraciones.
Por ejemplo:
- Retenciones de alquileres.
- Retenciones a profesionales.
2.2.-OBLIGACIONES HABITUALES DE LAS EMPRESA
Declaraciones del IVA
Las sociedades también deben liquidar periódicamente el IVA correspondiente a su actividad.
Retenciones de trabajadores
Cuando la empresa tiene empleados, debe ingresar las retenciones practicadas en las nóminas.
Retenciones de profesionales
Si la empresa recibe facturas de profesionales con retención, debe declararlas e ingresarlas.
Retenciones de alquileres
Las empresas que alquilan locales u oficinas suelen tener obligación de declarar las retenciones correspondientes.
3.-Declaraciones anuales
Además de las declaraciones periódicas, existen obligaciones informativas y de regularización que se presentan una vez al año.
3.1.-AUTÓNOMOS
Declaración de la Renta (IRPF)
Es la principal obligación anual de los trabajadores por cuenta propia.
En ella se integran:
- Los ingresos obtenidos durante el ejercicio.
- Los gastos deducibles.
- Los pagos fraccionados realizados durante el año.
Desde la implantación del nuevo sistema de cotización, todos los autónomos deben presentar la declaración de la renta, incluso aunque hayan tenido poca actividad o no hayan obtenido beneficios.
Resúmenes anuales de retenciones
Cuando se han presentado declaraciones periódicas de retenciones, suele ser necesario presentar también los correspondientes resúmenes anuales.
Declaraciones informativas
En determinados casos pueden existir obligaciones informativas adicionales según la actividad desarrollada.
3.2.-EMPRESAS
Impuesto sobre Sociedades
Es el impuesto que grava los beneficios obtenidos por las sociedades.
Se presenta una vez al año y constituye una de las principales obligaciones fiscales de cualquier empresa.
Resúmenes anuales de IVA y retenciones
Las sociedades deben presentar los correspondientes resúmenes de las declaraciones realizadas durante el ejercicio.
Declaraciones informativas
Dependiendo de la actividad y del volumen de operaciones, pueden existir distintas obligaciones informativas adicionales.
Cuentas anuales
Aunque no se presentan ante Hacienda, las sociedades también deben formular y depositar sus cuentas anuales en el Registro Mercantil dentro de los plazos establecidos.
¿Qué ocurre si no se presentan estas declaraciones?
La falta de presentación o la presentación fuera de plazo puede generar:
- Sanciones económicas.
- Recargos.
- Intereses de demora.
- Requerimientos de la Agencia Tributaria.
Por este motivo, es fundamental llevar una correcta planificación fiscal y cumplir con los calendarios establecidos.
En resumen
Las obligaciones fiscales de autónomos y empresas pueden dividirse en tres grandes grupos:
- Altas y registros
- Alta censal.
- Comunicación de inicio de actividad.
- Inscripción en los regímenes correspondientes.
- Declaraciones periódicas
- IVA.
- Pagos fraccionados.
- Retenciones.
- Declaraciones anuales
- Declaración de la renta (autónomos).
- Impuesto sobre Sociedades (empresas).
- Resúmenes anuales.
- Declaraciones informativas.
Cumplir correctamente con estas obligaciones permite evitar problemas con Hacienda y gestionar la actividad con mayor tranquilidad.
Si tienes dudas sobre qué declaraciones debes presentar según tu situación, en PonteAsesores podemos ayudarte a cumplir con todas tus obligaciones fiscales de forma segura y eficiente.