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Qué cambia con el Real Decreto-ley 9/2025 en el permiso por nacimiento y cuidado de menor

En julio de 2025 se publicó el Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio, que modifica lo relativo al permiso por nacimiento y cuidado del menor. Su objetivo principal es ampliar derechos y adaptarse a la normativa europea, haciendo más fácil conciliar la vida familiar y profesional.

A continuación te explicamos lo esencial, con ejemplos sencillos.

Principales novedades

Estas son las modificaciones más relevantes que trae la norma:

AspectoLo que era antesLo que pasa ahora
Duración estándar del permiso (para cada progenitor)16 semanas retribuidasSe amplía a 19 semanas retribuidas.
Familias monoparentalesTenían ciertos reconocimientos, pero no el permiso ampliado completo. Ahora tienen 32 semanas de permiso, paridad reforzada.
Distribución del permisoSe disfrutaba en bloques fijados (algunas semanas obligatorias tras el parto / adopción, etc.). Seguirán existiendo periodos obligatorios + periodos voluntarios, pero con más flexibilidad:
• 6 semanas obligatorias inmediatamente posteriores al parto o resolución judicial/administrativa, a jornada completa.
• 11 semanas voluntarias (22 semanas en monoparentalidad), que se pueden dividir, interrumpir o acumular, durante los primeros 12 meses del menor.
• Además, 2 semanas adicionales (4 semanas si es familia monoparental) que se podrán disfrutar hasta que el menor cumpla 8 años.
Situaciones especialesEn casos de prematuridad, hospitalización del recién nacido, discapacidad, existían ciertos derechos, aunque con reglas previas menos desarrolladas. Se incluyen ampliaciones si el neonato está hospitalizado o en parto prematuro; también se prevén incrementos en caso de discapacidad del hijo/a.
RetribuciónEl permiso estaba retribuido al 100% de la base reguladora durante el permiso inicial, pero algunas de las semanas “parentales” o permisos de cuidado no siempre lo estaban o no estaban todos los casos claramente definidos. Se garantiza que las semanas nuevas que se añaden también sean retribuidas.

Cuándo y cómo se aplica

  • La norma entró en vigor el 31 de julio de 2025.
  • Hay una parte de la ampliación con efecto retroactivo, para hechos causantes (por ejemplo, nacimiento, adopción, acogimiento) a partir del 2 de agosto de 2024.
  • En algunos casos, para poder solicitar ciertos nuevos derechos (como estas semanas adicionales que pueden disfrutarse hasta que el menor cumpla 8 años), puede ser necesario esperar hasta enero de 2026 para su entrada en la práctica, dependiendo de trámites administrativos.

Aspectos importantes a tener en cuenta

  • El permiso es individual, igual e intransferible: cada progenitor tiene su propio derecho; no se puede ceder al otro.
  • En familias monoparentales la ampliación busca compensar situaciones de mayor carga, económica y organizativa.
  • Debes revisar los convenios colectivos aplicables, porque pueden contener regulación más favorable (por ejemplo, más semanas, mejores condiciones). Este Real Decreto-ley fija el mínimo legal.

¿Por qué se hizo este cambio?

Estas son algunas de las razones:

  • España debía transponer una directiva europea (UE 2019/1158), que exige mejoras en los permisos parentales y en la conciliación de la vida familiar y laboral.
  • Avanzar en la igualdad de género: asegurando que hombres y mujeres tengan los mismos derechos de permiso, individualizados.
  • Dar mayor protección a las familias monoparentales, que la jurisprudencia y el Tribunal Constitucional habían señalado como necesitadas de una regulación más adecuada.

Qué hacer si eres trabajador o empresa

Si eres trabajador o empresa, aquí tienes algunas recomendaciones:

  1. Verificar la fecha del hecho causante: si fue a partir del 2 de agosto de 2024, puedes tener derecho a estos cambios.
  2. Asegurarte de conocer cuántas semanas te corresponden según tu situación (familia biparental o monoparental).
  3. Planificar bien el permiso voluntario: decidir cuándo y cómo distribuir las semanas dentro de los plazos legales.
  4. Revisar el convenio colectivo aplicable para descubrir si hay condiciones mejores que las mínimas que fija la ley.
  5. En caso de duda, consultar con asesoría laboral o jurídica para asegurarte de que se cumplan todos los derechos.

Conclusión

El Real Decreto-ley 9/2025 supone una mejora significativa en la legislación sobre permisos de nacimiento y cuidado de menor. Las principales ventajas son:

  • Mayor duración de los permisos (19 semanas en situaciones normales, 32 en monoparentales).
  • Mejora en la flexibilidad de disfrute.
  • Mayor protección y reconocimiento para las familias monoparentales.

Desde Ponteasesores estamos a tu disposición para ayudarte a entender cómo te afectan estos cambios, tanto si eres trabajador como empresa, y asegurarnos de que todos los derechos se cumplan como establece la ley.