En julio de 2025 se publicó el Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio, que modifica lo relativo al permiso por nacimiento y cuidado del menor. Su objetivo principal es ampliar derechos y adaptarse a la normativa europea, haciendo más fácil conciliar la vida familiar y profesional.
A continuación te explicamos lo esencial, con ejemplos sencillos.
Principales novedades
Estas son las modificaciones más relevantes que trae la norma:
| Aspecto | Lo que era antes | Lo que pasa ahora |
|---|---|---|
| Duración estándar del permiso (para cada progenitor) | 16 semanas retribuidas | Se amplía a 19 semanas retribuidas. |
| Familias monoparentales | Tenían ciertos reconocimientos, pero no el permiso ampliado completo. | Ahora tienen 32 semanas de permiso, paridad reforzada. |
| Distribución del permiso | Se disfrutaba en bloques fijados (algunas semanas obligatorias tras el parto / adopción, etc.). | Seguirán existiendo periodos obligatorios + periodos voluntarios, pero con más flexibilidad: • 6 semanas obligatorias inmediatamente posteriores al parto o resolución judicial/administrativa, a jornada completa. • 11 semanas voluntarias (22 semanas en monoparentalidad), que se pueden dividir, interrumpir o acumular, durante los primeros 12 meses del menor. • Además, 2 semanas adicionales (4 semanas si es familia monoparental) que se podrán disfrutar hasta que el menor cumpla 8 años. |
| Situaciones especiales | En casos de prematuridad, hospitalización del recién nacido, discapacidad, existían ciertos derechos, aunque con reglas previas menos desarrolladas. | Se incluyen ampliaciones si el neonato está hospitalizado o en parto prematuro; también se prevén incrementos en caso de discapacidad del hijo/a. |
| Retribución | El permiso estaba retribuido al 100% de la base reguladora durante el permiso inicial, pero algunas de las semanas “parentales” o permisos de cuidado no siempre lo estaban o no estaban todos los casos claramente definidos. | Se garantiza que las semanas nuevas que se añaden también sean retribuidas. |
Cuándo y cómo se aplica
- La norma entró en vigor el 31 de julio de 2025.
- Hay una parte de la ampliación con efecto retroactivo, para hechos causantes (por ejemplo, nacimiento, adopción, acogimiento) a partir del 2 de agosto de 2024.
- En algunos casos, para poder solicitar ciertos nuevos derechos (como estas semanas adicionales que pueden disfrutarse hasta que el menor cumpla 8 años), puede ser necesario esperar hasta enero de 2026 para su entrada en la práctica, dependiendo de trámites administrativos.
Aspectos importantes a tener en cuenta
- El permiso es individual, igual e intransferible: cada progenitor tiene su propio derecho; no se puede ceder al otro.
- En familias monoparentales la ampliación busca compensar situaciones de mayor carga, económica y organizativa.
- Debes revisar los convenios colectivos aplicables, porque pueden contener regulación más favorable (por ejemplo, más semanas, mejores condiciones). Este Real Decreto-ley fija el mínimo legal.
¿Por qué se hizo este cambio?
Estas son algunas de las razones:
- España debía transponer una directiva europea (UE 2019/1158), que exige mejoras en los permisos parentales y en la conciliación de la vida familiar y laboral.
- Avanzar en la igualdad de género: asegurando que hombres y mujeres tengan los mismos derechos de permiso, individualizados.
- Dar mayor protección a las familias monoparentales, que la jurisprudencia y el Tribunal Constitucional habían señalado como necesitadas de una regulación más adecuada.
Qué hacer si eres trabajador o empresa
Si eres trabajador o empresa, aquí tienes algunas recomendaciones:
- Verificar la fecha del hecho causante: si fue a partir del 2 de agosto de 2024, puedes tener derecho a estos cambios.
- Asegurarte de conocer cuántas semanas te corresponden según tu situación (familia biparental o monoparental).
- Planificar bien el permiso voluntario: decidir cuándo y cómo distribuir las semanas dentro de los plazos legales.
- Revisar el convenio colectivo aplicable para descubrir si hay condiciones mejores que las mínimas que fija la ley.
- En caso de duda, consultar con asesoría laboral o jurídica para asegurarte de que se cumplan todos los derechos.
Conclusión
El Real Decreto-ley 9/2025 supone una mejora significativa en la legislación sobre permisos de nacimiento y cuidado de menor. Las principales ventajas son:
- Mayor duración de los permisos (19 semanas en situaciones normales, 32 en monoparentales).
- Mejora en la flexibilidad de disfrute.
- Mayor protección y reconocimiento para las familias monoparentales.
Desde Ponteasesores estamos a tu disposición para ayudarte a entender cómo te afectan estos cambios, tanto si eres trabajador como empresa, y asegurarnos de que todos los derechos se cumplan como establece la ley.